Así puede reclamar el auxilio funerario de Colpensiones y fondos privados en Colombia

Conozca cómo puede reclamar el auxilio funerario de Colpensiones y los fondos privados en Colombia. Ayuda se mantiene en 2025.

En Colombia, el auxilio funerario es un beneficio económico que ofrecen Colpensiones y los fondos privados de pensión para ayudar a cubrir los gastos de entierro de un afiliado o pensionado.

Dicho respaldo económico se concede a aquellos que han pagado los gastos fúnebres de un afiliado o pensionado de algún fondo de pensiones, independientemente del vínculo consanguíneo.

Así puede reclamar el auxilio funerario de Colpensiones. La ayuda se mantendrá para este 2025 aún con la reforma pensional.

En Colombia, el auxilio funerario es un beneficio económico que ofrecen Colpensiones y los fondos privados de pensión para ayudar a cubrir los gastos de entierro de un afiliado o pensionado.

Dicho respaldo económico se concede a aquellos que han pagado los gastos fúnebres de un afiliado o pensionado de algún fondo de pensiones, independientemente del vínculo consanguíneo.

El monto del auxilio funerario depende de si la persona fallecida era pensionada o afiliada; si era pensionada, el auxilio equivale a la mesada que recibía. En el caso de ser afiliada, el auxilio equivale al último salario cotizado.

Este recurso también está limitado legalmente, oscilando entre cinco y diez salarios mínimos legales mensuales vigentes -Smlmv- lo que significa un rango de 7 millones a 14 millones de pesos aproximadamente para el año 2025.

Para reclamar el auxilio funerario, se deben seguir estos pasos:

Reunir la documentación necesaria para presentar en Colpensiones o fondo privado.

El proceso para acceder al auxilio funerario se lleva a cabo ante la entidad administradora de pensiones a la cual estaba afiliada la persona fallecida, ya sea Colpensiones o un fondo privado. Los documentos requeridos son:

  • Documento de identificación original.
  • Registro civil de defunción del afiliado o pensionado, con fecha de expedición no mayor a tres meses.
  • Factura de gastos funerarios con sello de cancelado, indicando nombres y apellidos de quien canceló la factura y descripción de los servicios prestados.
  • Certificación expedida por el centro que prestó el servicio fúnebre.
  • Contrato pre exequial, en caso de que exista.
  • Carta de autorización por parte de los herederos, autorizando a uno solo para el respectivo cobro.
  • Formato cuenta pago, que contiene la información donde será consignado el valor del auxilio funerario.
  • Si es un tercero autorizado, carta de autorización con las facultades específicas, cédula de ciudadanía del autorizado y de quien la otorga.

Así puede presentar la solicitud en Colpensiones:

En línea: Acceder al portal web de Colpensiones (www.colpensiones.gov.co), seleccionar «Colpensiones digital» y luego «Portal de trámites». Elegir la opción «Auxilio funerario», registrarse y seguir los pasos indicados.

Si va a hacer la solicitud de manera presencial debe acudir a un Punto de Atención Colpensiones -PAC- con todos los documentos necesarios y diligenciar los formularios aplicables. Radicar la solicitud con el documento de identificación.

Este proceso busca facilitar el acceso a este beneficio y asegurar que los gastos funerarios de los afiliados y pensionados sean cubiertos de manera adecuada.

Monto de auxilio funerario depende del caso

La cuantificación del auxilio varía según el caso: si es para un afiliado, se considera el salario del último aporte al sistema de pensiones.

Para un pensionado, corresponde al valor de la última mesada pensional. Es crucial destacar que la causa de muerte no puede ser de origen laboral; en tal situación, la Administradora de Riesgos Laborales -ARL- asume la responsabilidad de indemnizar los gastos fúnebres.

¿No alcanza las semanas para la pensión? Vea cómo reclamar su ahorro en Colpensiones por edad o invalidez

Ha cotizado en pensión ¿pero no alcanza las semanas para pensionarse ahora? Vea cómo reclamar su ahorro en Colpensiones por edad o invalidez.

En Colombia los hombres se pueden pensionar a los 62 años y 1.300 semanas cotizadas, mientras que las mujeres logran su pensión a los 57 años y las mismas 1.300 semanas.

Sin embargo, existe la denominada indemnización sustitutiva, que aplica cuando una persona no alcanzó el mínimo de 1.300 semanas de cotización. A pesar de esto, podría lograr acceder a sus ahorros pensionales a través de Colpensiones.

El primer requisito para solicitar el ahorro pensional sin alcanzar las semanas, es haber cumplido la edad exigida por la ley. Además debe comprobar que no está laborando y que es imposible seguir cotizando.

Otro requisito es que no hayan transcurrido más de 10 años entre el período a que corresponde la última cotización acreditada y la fecha de cumplimiento de las edades para adquirir el derecho a la pensión de vejez. Además que el asegurado tenga acreditadas mínimo 100 semanas de cotización.

Colpensiones señala que la mesada entregada tendrá en cuenta cada 25 semanas de cotización acreditadas y se revisará caso por caso para definir el monto.

 

Pensionarse por invalidez

En el caso de solicitar la pensión por invalidez, el afiliado que no hubiere alcanzado un mínimo de 1.000 semanas, podrá recibir una indemnización en sustitución.

Para ello deben entregar los certificados médicos que prueben la invalidez para laborar y es requisito haber acreditar no menos de 100 semanas de cotización, 25 de las cuales deben corresponder al año anterior a la estructuración de la invalidez.

 

Pensión a familiares por muerte del pensionado

Si al momento del fallecimiento, el asegurado no tuviere el número de semanas de cotización requeridas para dejar derecho a pensión de sobrevivientes, pero hubiere acreditado un mínimo de 25 semanas de cotización, se otorgará a los beneficiarios y proporcionalmente, una indemnización correspondiente a una mensualidad de dicha pensión por cada 25 semanas de cotización acreditadas.

Vea cómo puede obtener la pensión antes de tiempo, son suficientes 50 semanas cotizadas

Así puede obtener la pensión antes de tiempo con 50 semanas cotizadas. La entidad administradora de pensión es la que define.

Aunque existen otros modelos de vida, todavía existen colombianos que esperan obtener una pensión digna para finalizar los últimos años de vida.

Por ello y tras largos años de trabajo, esfuerzo y dedicación, cumplen con las obligaciones de aporte y pagos al sistema de pensiones existentes en el país. Un proceso que finaliza luego de un número de semanas cotizadas -hombres de 1300 y mujeres de 1000- y una edad establecida -57 años para mujeres y 62 para hombres-

No obstante, existen situaciones en las que las personas pueden obtener la jubilación antes de lo previsto y con requisitos menos estrictos.

En Colombia existe la pensión por invalidez, que se otorga a los trabajadores que, debido a ciertas condiciones médicas, no pueden continuar con su empleo de manera normal.

Para acceder a ella se necesita una certificación de pérdida de capacidad laboral de un 50% o más que luego la entidad administradora de pensiones entrará a evaluar, si es aprobada recibirá mensualmente un monto determinado en función de las semanas laboradas a lo largo de su carrera.

Algunas enfermedades por las que se puede solicitar la jubilación por invalidez incluyen dolor crónico y agudo de espalda, sordera, estrés, síndrome de fatiga crónica, agotamiento visual, silicosis crónica y síndrome del túnel carpiano.

Estas son las condiciones que debe cumplir para pasarse de fondo de pensión

Estas son las condiciones que debe cumplir para pasarse de fondo de pensión. Sin estos criterios es imposible hacerlo. 

Cambiar el régimen de pensión es posible si cumple con ciertas condiciones, de acuerdo con el Ministerio de Justicia y del Derecho, quienes cotizan tienen la opción de trasladarse de un fondo privado -Régimen de Ahorro Individual – RAIS- a uno público -Régimen de Prima Media con Prestación Definida- o viceversa.

¿Cuáles son las condiciones?

Para hacerlo, debe contar con al menos 5 años de afiliación en el régimen que actualmente posee.

La persona debe tener máximo 10 años menos de la edad de jubilación, es decir, 47 años para mujeres y 52 años para hombres.

Solicitar asesoramiento a los fondos de pensiones, en lo que se conoce como «doble asesoría», para obtener información minuciosa y tomar una decisión informada sobre el régimen pensional al que desea trasladarse.

Los asesores de ambas entidades deben presentar proyecciones de la pensión de vejez para la persona que realiza la solicitud y así considerar cuál es la mejor opción en cuanto régimen de pensión.

Luego de tomar la decisión, el interesado debe presentar un formulario de traslado junto con su cédula de ciudadanía.

Para los trabajadores dependientes o vinculados a una empresa, deberán comunicar a su empleador la decisión de trasladarse de fondo, para que este realice las cotizaciones al nuevo fondo de pensiones.

El empleador por ningún motivo podrá negarse al traslado o la cotización en el nuevo fondo elegido de pensiones.

La entidad que proporciona la doble asesoría tiene un día para notificar a la entidad del otro régimen, y ambas se encargan internamente de registrar la solicitud.

Es importante recordar que la multiafiliación no es posible, es decir, realizar cotizaciones en ambos regímenes.

Esto le descontarán del sueldo con reforma pensional

La reforma pensional presentada por el gobierno de Gustavo Petro especificó lo que descontarán del sueldo para pensión.

La semana pasada la ministra del Trabajo Gloria Inés Ramírez radicó ante el Congreso de la República la reforma pensional en Colombia.

Dicho documento es la propuesta que tiene el gobierno para poner las condiciones sobre las cuales un colombiano se podría pensionar.

El proyecto especificó edad, semana laborales cotizadas, pero además aclaró dudas sobre cuál será el descuento que tendrán los ciudadanos en su sueldo por concepto de pensión.

Si la propuesta prospera en el legislativo, el descuento seria del 4% sobre la base del ingreso salarial, por ejemplo si la persona gana un mínimo, se le descontarán 46.400 pesos al mes que se cotizarán en Colpensiones.

Quienes ganan entre dos a tres salarios mínimos le descontarán hasta 139.200 pesos mientras los que devengan hasta cuatro salarios mínimos además del descuento del 4% tendrán que destinar un 2% para el Fondo de Solidaridad Pensional.

De ser aprobado este proyecto, quienes ganen más de 20 salarios mínimos deberán dar el 4 %, más un 3 % para dicho fondo.

Vale la pena mencionar que este fondo fue creado por la ley 100 de 1993 para subsidiar a la población vulnerable que por sus circunstancias no pudieron acceder a pensión.