¿Vive en casa alquilada? si incumple con esto lo pueden sacar del inmueble

Según lo indica la ley,  si usted vive en casa alquilada, lo pueden sacar del inmueble si incumple con ciertas normas. Conozca cuáles.

La inflación en Colombia sumado al nuevo término de gentrificación en donde zonas urbanas que son consideradas de bajo costo, son tomadas por personas con mayor poder adquisitivo y por ende el costo de vida se incrementa, ha hecho que varios colombianos ideen estrategias para generar nuevos ingresos.

El subarrendamiento es una de esas alternativas para generar dinero que se ha vuelto muy popular en el país debido al potencial turístico del territorio y plataformas como Booking o Airbnb, sin embargo, esto podría tener una serie de inconvenientes sino es consultado con el propietario del inmueble.

¿Qué es subarrendar a una persona?

El subarrendamiento ocurre cuando un inquilino original alquila la propiedad a otra persona, llamada subarrendatario durante un período determinado de tiempo y por un precio acordado. En este caso, el inquilino se convierte en un “subarrendador” y el subarrendatario en un “subarrendatario”.

Subarrendar es diferente a ceder el contrato puesto a que esta última acción se refiere a pasar de una persona a otra la titularidad del documento, se modifica el nombre y el encargado del arriendo. Cualquiera de las anteriores es importante contar con la autorización del propietario del inmueble.

Andrea Rodríguez, abogada experta en estos temas dijo para La Kalle que, cada vez son más frecuentes este tipo de situaciones, especialmente con personas del exterior que deciden subarrendar habitaciones, la mitad del inmueble o todo completo sin consultar previamente.

De acuerdo con la profesional en derecho, si el inquilino decide subarrendar sin autorización, el propietario puede dar por terminado el contrato de manera inmediata

Razones para terminar un contrato de arrendamiento

Para estar seguros de lo que se puede o no se puede hacer como arrendatario, estas son las causales de que se termine el contrato:

  • Incumplir con la cancelación del costo del arriendo y reajustes dentro del término estipulado en el contrato.
  • No cancelación de servicios públicos, que cause desconexión o pérdida del servicio.
  • Subarrendar, total o parcialmente, el inmueble. Ceder el contrato del inmueble o cambiar de destinación del mismo, por parte del arrendatario, sin autorización del arrendador.
  • Faltar reiteradamente a la tranquilidad de los vecinos o destinar el inmueble para actividades delictivas.
  • Realizar cambios, mejoras o ampliaciones de la propiedad, sin autorización del arrendador. O destruir, total o parcialmente, el inmueble por parte del arrendatario.
  • Que el arrendatario viole las normas del reglamento de propiedad horizontal, cuando se trate de viviendas de estas características.

¿Cuánto tiempo puede estar un inquilino sin pagar arriendo? Le explicamos

La ley de Colombia establece cuánto tiempo puede estar un inquilino sin pagar arriendo. Hay varios elementos a tener en cuenta.

Los dueños de viviendas en Colombia tienen diferentes cuestionamientos sobre sus deberes u obligaciones con el arrendatario y los aspectos que ampara la ley.

La pregunta más común es si el arrendador se ve en el deber de dar un mes gratis a su inquilino cuando este pide desocupar la propiedad. Para este punto hay varios elementos a tener en cuenta.

Según lo que dice la Ley, no hay una obligación por parte del arrendador de dar un periodo de 30 días sin cobro, por lo tanto, si el inquilino lo exige no habría un fundamento. Todo esto con una excepción de que las dos partes lleguen a un acuerdo y pacten que no hay problema en dejar ese tiempo en gratuidad.

Sin embargo, también es necesario acordar el tiempo estimado y el tiempo máximo que la ley establece para que esto suceda.

¿Cuántos meses tiene un arrendatario para desocupar sin pagar?

De acuerdo al Código Civil Colombiano, el inquilino tiene 3 meses para desocupar el apartamento o la casa, esto después de haber sido notificado por el arrendador.

Siempre y cuando sea vivienda urbana, en otro tipo de vivienda como la rural, se establecen unos plazos más extensos. 

Casos en que un inquilino debe indemnizar a su arrendador

Si paga arriendo conozca en qué casos debe indemnizar a su arrendador para que se ahorre una buena cantidad de dinero.

Miles de colombianos viven en arriendo debido al alto costo que implica tener una vivienda propia es por esto que es necesario que usted conozca ciertos factores que pueden llevarlo a tener que indemnizar al arrendador.

Claramente son cosas que no se consideran que pueda pasar a la hora de tomar arrendado un inmueble, pero que pueden hacer que usted tenga que pagar una buena cantidad de dinero, es por esto que en Colombia los derechos de los inquilinos o arrendatarios están regulados por el Código Civil, el cual explica los derechos y obligaciones tanto de arrendadores como de los arrendatarios. 

¿En qué casos debe pagar la indemnización ?

  • Con la terminación anticipada del contrato:

En caso tal que el inquilino decida terminar el contrato de arrendamiento antes del plazo acordado sin una causa justificada, puede estar obligado a pagar una indemnización equivalente al precio de tres meses de arrendamiento.

  • Daños al inmueble: 

Si se producen daños por un mal uso o negligencia, el inquilino debe pagar al arrendador por todos los costos de reparación.

  • Incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del inquilino:

 Cuando el inquilino decide usar la casa, apartamento, local, etc. para fines distintos a los que se pactó, esto también incluye realizar actividades ilícitas, por lo tanto debe indemnizar al arrendador por los daños y perjuicios causados.

  • Atrasarse con el pago del arriendo: 

Cuando el inquilino no paga el arriendo en la fecha establecida, el arrendador puede cobrar intereses por mora y pedirle terminar el contrato de arrendamiento de la vivienda.

Es por esto que se recomienda a los inquilinos leer muy bien el contrato de arrendamiento para que no violen ninguna de las cláusulas.

¿Qué hacer si los inquilinos no pagan los servicios públicos?

Muchos arrendatarios se van dejando endeudado al propietario. Conozca qué debe hacer si inquilinos no pagan los servicios públicos.

Para muchas personas resulta muy rentable tener sus propiedades en alquiler, sin embargo esto también puede convertirse en un dolor de cabeza si los inquilinos no cumplen con sus obligaciones como es el caso de los servicios públicos.

Por ese motivo es fundamental que desde el principio se establezca un contrato entre de arrendamiento entre los ambas partes.

En este documento se debe fijar el tiempo de alquiler, el monto mensual, el porcentaje de aumento anual entre otras condiciones que deben quedar por escrito como la responsabilidad del pago de servicios públicos por parte de los inquilinos si es el caso, pues en algunas circunstancias el propietario asume ese cobro.

Sin embargo, si lo pactado es que el arrendatario asuma el pago de los recibos como la energía, agua y gas, si se presenta un incumplimiento, el arrendador puede acudir a los términos legales.

De acuerdo con la ley 820 de 2003, si un arrendatario no cumple con el pago de los servicios y causa la desconexión de éstos, el propietario puede finalizar el contrato inmediatamente, de manera unilateral y sin tener que pagar alguna indemnización.

La recomendación que se hace en estos casos es que se notifique por escrito la finalización de contrato y el tiempo que por derecho tiene para desocupar.

 

¿Qué pasa si el inquilino no quiere desocupar?

En el caso de que el inquilino se niegue a entregar el inmueble, el arrendador puede interpone una demanda ante un juez civil para exigir la devolución de la vivienda y el pago de daños causados.

Si el costo de lo que se reclama no excede los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes -Smlmv- no habrá necesidad de un abogado.

En varias ocasiones para evitar este tipo de conflictos lo que puede hacer el arrendador es exigirle un pago anticipado al arrendatario, lo que se conoce como un depósito que sirva de garantía.

Así aumentarán los arriendos en este 2024

En Colombia también aumentarán los arriendo en este 2024. Son varias las condiciones para realizar este incremento.

Los arriendos en vivienda urbana también subirán de precio este 2024 en Colombia al igual que otros productos y servicios como peajes, gasolina, el Soat y la revisión técnico mecánica.

En el caso de los arriendos el incremento se fijará con base en el Índice de Precios al Consumidor -IPC- correspondiente al 2023.

Dicha cifra anunciada por el Dane quedó en 9,28%, es decir que este es el porcentaje máximo en el que incrementarán los arriendos en el país. Este valor se suma al canon con el cual está acordado el arriendo.

Este aumento solo se podrá concretar cuando haya transcurrido el año completo desde la firma del contrato de arrendamiento.

Por ejemplo si el contrato se firmó el 1 de octubre de 2023 el incremento se podrá realizar solo hasta el 1 de octubre de este 2024.

Otro aspecto que se debe tener en cuenta es que según la normativa colombiana esta alza no aplica para predios rurales, bodegas o predios de uso comercial.