La ley de Colombia establece cuánto tiempo puede estar un inquilino sin pagar arriendo. Hay varios elementos a tener en cuenta.
Los dueños de viviendas en Colombia tienen diferentes cuestionamientos sobre sus deberes u obligaciones con el arrendatario y los aspectos que ampara la ley.
La pregunta más común es si el arrendador se ve en el deber de dar un mes gratis a su inquilino cuando este pide desocupar la propiedad. Para este punto hay varios elementos a tener en cuenta.
Según lo que dice la Ley, no hay una obligación por parte del arrendador de dar un periodo de 30 días sin cobro, por lo tanto, si el inquilino lo exige no habría un fundamento. Todo esto con una excepción de que las dos partes lleguen a un acuerdo y pacten que no hay problema en dejar ese tiempo en gratuidad.
Sin embargo, también es necesario acordar el tiempo estimado y el tiempo máximo que la ley establece para que esto suceda.
¿Cuántos meses tiene un arrendatario para desocupar sin pagar?
De acuerdo al Código Civil Colombiano, el inquilino tiene 3 meses para desocupar el apartamento o la casa, esto después de haber sido notificado por el arrendador.
Siempre y cuando sea vivienda urbana, en otro tipo de vivienda como la rural, se establecen unos plazos más extensos.