Prohibido el plástico de un solo uso en Colombia

Prohibido el plástico de un solo uso en Colombia, la ley empezará aplicarse en menos de dos meses. Vea los detalles.

Desde el próximo 7 de junio, quedará prohibida la fabricación y utilización de plásticos de un solo uso en Colombia, con el propósito de garantizar el cumplimiento de la Ley 2232 de 2022.

La información fue entregada por María Susana Muhamad, ministra de ambiente, quien agregó que la medida afectará a 14 productos, incluyendo bolsas de lavandería, pitillos, vasos, y platos, entre otros.

La ministra también señaló que la ley de plásticos, promulgada por el Congreso en 2022, ha sido parcialmente reglamentada esta semana, abarcando el 80% de su contenido.

La regulación especifica diversos aspectos de la producción, promoviendo alternativas sostenibles y ajustando ciertas normativas.

Sin embargo, cabe destacar que los envases correspondientes a residuos peligrosos, madera, fibras textiles, así como los de fármacos o medicamentos caducados, quedan exentos de esta regulación con el fin de permitir a los productores adaptarse gradualmente y retirar estos productos del mercado.

La Ley 2232 de 2022, cuyo artículo fue ratificado por la Sala Plena de la Corte Constitucional, establece medidas para reducir el consumo y producción de plásticos desechables, comenzando su prohibición gradual en el año 2023 y entrando en pleno efecto a partir de 2024.

La Corte considera que los productos afectados por esta medida son fácilmente reemplazables y no afectan significativamente el consumo de otros bienes y servicios, dado que su uso ya ha sido desincentivado en la legislación anterior, como en el caso de las bolsas plásticas y los pitillos.

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Gobierno deja en firme el decreto que prohibe plástico de un solo uso en Colombia

Gobierno Nacional deja en firme el decreto que prohibe plástico de un solo uso en Colombia. Conozca las disposiciones.

El decreto 2192 de 2023 cuyo objetivo es regular y reducir la producción y consumo de plásticos de un solo uso en Colombia, quedó en firme tras su promulgación por el Gobierno Nacional.

Este decreto detalla las disposiciones y acciones que deben seguir tanto quienes introducen estos productos al mercado, como las autoridades competentes en el marco de sus funciones.

«En esta primera etapa prohibimos la entrada de plásticos de un solo uso al sistema nacional de áreas protegidas, esto incluye parques nacionales, reservas de la biosfera, humedales, pero también ecosistemas sensibles como los páramos y ecosistemas marinos. Excluye la prohibición para comunidades que vivan ahí o guarda parques del Sistema Nacional de Parques Nacionales», señalaron desde el ministerio del Medio Ambiente.

Además las autoridades responsables deberán diseñar e implementar programas para incentivar la adecuada gestión de residuos y fomentar el uso de elementos reutilizables.

Entre tanto los municipios y distritos deberán incorporar mecanismos para promover la formalización de recicladores y la gestión de residuos plásticos en sus planes de gestión integral de residuos sólidos.

Así mismo los ministerios de Comercio, Industria y Turismo, junto con el de Ambiente promoverán acciones para estimular la formalización de empresas transformadoras de plástico.

El Ministerio de Ambiente definirá las condiciones que deben cumplir los productos plásticos de un solo uso para considerarse biodegradable s o compostables.

«En la medida que se vaya adoptando esta decisión, el incumplimiento puede acarrear sanciones entre 5 y 50 mil salarios mínimos, además el decomiso de los elementos», explicaron autoridades ambientales.