Muchos propietarios se preguntan cuál es el plazo que tiene un arrendatario para desocupar un inmueble. Aquí les contamos.
Se especula que hasta un mes tienen los arrendatarios para desocupar una vivienda en alquiler, sin embargo, la ley 820 del 2023 dice lo contrario.
Según esta norma el tiempo permitido para que un inquilino abandone una propiedad arrendada es de hasta 3 meses.
No obstante, para que la persona entregue el inmueble se debe hacer la petición con tiempo de antelación, es decir, 30 días antes.
Es importante tener en cuenta que si no hay una justa causa de término de contrato y se solicita la vivienda con anticipación antes de finalizar el periodo contractual, el arrendador deberá responder a una indemnización.
Esta ‘compensación’ es el equivalente a 3 cánones de arriendo o 3 meses del valor del arriendo. El dinero debe ser consignado a una entidad autorizada por el gobierno.
La única manera de no pagar esta ‘reparación’ es cuando el inquilino no cumple con la entrega del inmueble en el tiempo estipulado.
Si el dinero ya está depositado, este deberá ser devuelto en la mayor brevedad posible.
Las autoridades competentes para mediar en este proceso son los centros de conciliaciones aprobados y dispuestos por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Cumplimos el año no hemos conseguido y están arreglando la carretera y no hay paso entonces q se hace en este caso nosotros estamos conciente de q tenemos q desocupar y también la forma del arrendador de desocupar .
Arrendé a una señora que la va a reubicar, el ISVIMED, Alcaldía de Medellín, hace 4 meses. Isvimed no me ha pagado ni un peso.
Dónde hago una PQRS, para reclamar mis derechos. Y la inquilina no me ha pagado ni un peso de servicios públicos.
Y ya presenté la carta de terminación de contrato en el tiempo estipulado. Y el ISVIMED, sin pagarme ni un peso, que le tengo que dar 3 meses de plazo para desocupar…Aahh!
Buenos días … Qué se hace, entonces, con un arrendatario que no paga el arriendo ni los servicios públicos, al arrendador… dónde, jurídicamente se va para sacar este arrendatario.
Por favor!
Si el contrato de arrendamiento es por un año y el arrendador da por terminado el contrato en la fecha del vencimiento hay de igual forma pagar la compensacion.
Los jueces de Paz también pueden interferir en contrato de arriendo ley 497 de 1999