Que no le pongan esta barrera para alquilar un inmueble; arrendadores no pueden prohibirle tenencia de mascotas.
En Colombia es común encontrar casos donde arrendatarios prohíben la tenencia de mascotas para alquilar un inmueble.
Incluso es probable que en ciertas ocasiones los propietarios de las viviendas cedan el alquiler aun con animales a cambio de un pago adicional sobre el canon de arrendamiento.
Sin embargo dichas prácticas son ilegales, de acuerdo con la sentencia T-035 de la Corte Constitucional emitida en 1997.
Dicho falló aclara que es completamente legal tener animales en propiedad horizontal, lógicamente cumpliendo responsabilidades para la sana convivencia entre vecinos.
En ese sentido ningún arrendador puede prohibir la presencia de perros o gatos en el inmueble ni negarse a alquilar por la misma razón.
Por supuesto la ley también exige que los amos de las mascotas asuman la recolección de sus desechos y tengan especial cuidado con los peluditos, por ejemplo si un perro es considerado ‘peligroso’ es obligación del dueño sacarlo con bozal y collar en áreas comunes.
Para evitar conflictos a futuro el propietario del apartamento puede establecer las medidas que se deben tener a través del contrato de arrendamiento.