No existe multa a motociclistas por no llevar número de placa en el casco

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Una ley de 2022 señala que no existe multa a motociclistas por no llevar número de placa en el casco, ni del conductor ni de su acompañante.

El casco es un elemento reglamentario para movilizarse en motocicleta en Colombia. Su mal uso, no portarlo o tener uno que no se ciña a las reglas puede ser causa de un comparendo.

Lo indispensable del casco y la comisión de crímenes en motos llevó a que por un tiempo la legislación ordenara que los motociclistas debían utilizar casco marcado con los números y letras de la placa de la moto.

Sin embargo el 14 de julio de 2022 varias cosas cambiaron tras la firma del la Ley 2251, con la que se modificó la Ley 769 de 2002 que en su artículo 96 indicaba que tanto el conductor como el acompañante de una motocicleta debían tener la placa de la moto en la que se estaban movilizando en el casco.

En la nueva Ley 2251 artículo 9 se estableció que esto ya no será del todo necesario: “El conductor y el acompañante deberán portar siempre el casco de seguridad, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte. En todo caso, no se podrá exigir que el casco contenga el número de placa correspondiente al del vehículo en que se moviliza”.

Este artículo quiere decir que si un policía de tránsito le exige a un motociclista tener el número de placa en su casco, este último podrá impugnar cualquier sanción que se le imponga.

Aun así debe recordar que en cualquier caso el chaleco reflectivo sigue siendo obligatorio después de las 6 de la tarde, tanto para el conductor de la moto como para su acompañante.

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