Mujeres embarazadas no serán despedidas de sus trabajos

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De acuerdo con un fallo emitido por la Corte Constitucional las mujeres embarazadas no serán despedidas de sus trabajos.

Independientemente del vínculo laboral, ninguna mujer en estado de embarazo podrá ser despedida de su trabajo, según lo establecido por la Corte Constitucional con el fin de proteger los derechos del bebé.

El fallo se dio en el caso en que a una mujer cabeza de hogar y víctima del conflicto armado tuvo que realizar una tutela porque no le renovaron el contrato por prestación de servicios con la alcaldía del municipio de Río Claro, Antioquia, al parecer por haber anunciado que estaba en etapa de gestación justo antes de terminar su contrato.

Los argumentos que tuvo la madre para adelantar la acción legal contra el municipio en este caso fueron una vulneración a los derechos fundamentales; al mínimo vital, a la dignidad humana, a la estabilidad laboral reforzada y a la seguridad social.

La tutela efectivamente fue aprobada por la magistrada Natalia Ángel Cabo quien señaló las razones para que la demanda fuera atendida.

“En primer lugar, porque la ciudadana efectivamente informó al municipio su estado; en segundo lugar, la misma entidad reconoció que con posterioridad a la terminación del contrato suscrito con la accionante se han realizado nuevas contrataciones para desarrollar lo mismo que ella hacía; y, en tercer lugar, el empleador no contaba con la autorización del inspector del trabajo para terminar el vínculo”, concluyó la Corte.

En ese sentido el alto tribunal aceptó la acción judicial y el municipio recibió la orden de indemnizar a la mujer por despido discriminatorio, además en un término de 15 días hábiles le tendrán que pagar todos los honorarios que dejó de percibir desde la fecha de la no renovación del contrato, hasta la fecha de terminación del periodo de lactancia.

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