Modificaron norma de parrillero en La Tebaida

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La Administración Municipal que coordina el alcalde José Vicente Young Cardona a través de la Secretaría de Tránsito y Transporte expidió el decreto 130 del 16 de noviembre, el cual modifica el decreto 114 del 2021 que hace referencia a la prohibición del parrillero de motocicleta y similares, mayor de 16 años en el Municipio de La Tebaida.

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El decreto 130 modifica el artículo tercero (3) del decreto 114, en lo relacionado con las excepciones de las medidas establecidas a los vehículos tipo motocicleta y similares, anexando las siguientes anotaciones:

“El parrillero o acompañante que integre el núcleo familiar del conductor de la motocicleta, el interesado en demostrar la calidad de miembro del núcleo familiar serán acreditados por la Secretaría de Tránsito y Transporte de La Tebaida, para
lo cual deberán aportar ante la Secretaria de Transito los siguientes documentos: Solicitud del propietario tenedor o poseedor de la motocicleta; fotocopia de los documentos de identificación de los integrantes del núcleo familiar, documentos del vehículo tales como licencia de tránsito, certificado de revisión técnico mecánica, seguro obligatorio de accidentes de tránsito Soat”.

El documento agrega que “Los motociclistas con parrillero o acompañante quienes en razón de su profesión
u oficio deben utilizar la motocicleta los días establecidos en el presente Decreto, siempre y cuando porten los diferentes uniformes, carné o certificación de la empresa para la cual labora.”

Cabe anotar que esta diligencia la deben realizar única y exclusivamente en las oficinas de la Secretaría de Tránsito del Municipio en horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. y los viernes de 8:00 a.m. a las 12:00 h y de 2:00 p.m. a 4:00 de la tarde.

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Tránsito no hará comparendos hasta socializar decreto

El presente Decreto se socializará de manera presencial y a través de los canales informativos de la alcaldía Municipal hasta el 31 de Diciembre del año 2021, tiempo durante el cual el Cuerpo de Agentes de Tránsito adscritos a la Secretaria de
Tránsito y Transporte de Tebaida NO extenderán órdenes de comparendos a los conductores que transiten con parrillero o acompañante en los horarios y en las zonas determinadas en el presente Decreto.

Una vez culminado el término de socialización, los agentes de tránsito y Transporte impondrán órdenes de comparendo educativos durante un período de tiempo de (10) días, comprendido desde el 1 de Enero del 2022, hasta el 10 de Enero del 2022.

Finalizada dicha fecha y ante el incumplimiento del presente decreto, dará lugar a la multa pecuniaria de conformidad con el artículo 131, literal C, numeral 14 de la ley 769 de 2002, modificada por la ley 1383 de 2010.

Si desea conocer el decreto 130 en su totalidad ingrese al siguiente link:

http://www.latebaida-quindio.gov.co/normatividad/decreto-130-de-2021

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