Esto pasa si su empleador no cumple con reducción de jornada laboral

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Tras empezar a regir la normativa los trabajadores se preguntan qué pasa si su empleador no cumple con reducción de jornada laboral.

A partir de este domingo 16 de julio empezó a regir la reducción de una hora en la jornada laboral de los colombianos pasando de 48 a 47 horas laboradas en la semana.

De acuerdo con lo expuesto por el ministerio del Trabajo esta modificación al artículo 161 del código Sustantivo no afecta el salario ni las prestaciones a las que tienen derecho los trabajadores.

El cambio se hará de manera gradual y progresiva hasta ajustar la jornada laboral de 42 horas semanales en el año 2026. [Lea también: Estos son los trabajadores que no tienen reducción en jornada laboral].

Lo anterior quiere decir que este año se resta una hora; el 16 de julio del año 2024, la jornada pasará a ser 46 horas; en el día 16 de julio del año 2025, pasará a 44 horas y, finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas.

Tanto el trabajador como el empleador tendrán que coordinar como mejor les parezca para restar la hora dentro del horario laboral de la semana.

Una de las estrategias para ajustar la jornada podría ser quitarle una hora de trabajo el última día de labores en la semana o incluso la ministra Gloria Inés Ramírez indicó que el empleador puede bajar a las 42 horas semanales desde ahora.

La funcionaria además enfatizó en que la reducción valorizará la hora trabajada de los colombianos pues al seguir devengando el mismo sueldo el valor por hora aumenta.

 

¿Qué pasa si el empleador no cumple con la reducción de jornada laboral?

Los empleadores del sector privado están en la obligación legítima de proporcionar la reducción de una hora en la semana de sus trabajadores.

Sin embargo, vale la pena recordar que hay varios grupos de empleados que no están cobijados por esta normativa ya que no los rige el Código Sustantivo del Trabajo.

Estos son los servidores públicos, salvo los que trabajen para empresas del Estado, los menores de edad y aquellos que no alcanzan a completar las horas del mínimo semanal.

Para todos los demás trabajadores se les debe conceder la reducción de jornada laboral, sin embargo de no precisarlo así el empleador podrá pagar una hora extra autorizada por el ministerio.

No obstante, de no contar con la autorización de horas extras, el empleador podrá verse sometido a cuantiosas multas que prevé la ley.

Otro escenario en caso de no cumplirle con la reducción es la terminación del contrato de manera unilateral y con justa causa teniendo derecho al pago de indemnizaciones.

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1 comentario en «Esto pasa si su empleador no cumple con reducción de jornada laboral»

  1. Si una persona trabaja 9 horas diarias los 7 dias a la semana q se le aplica al empleador ? pues El empleado recibe El minimo trabajando sabado y Domingo y feriados Todo por El minimo.

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