Un polémico fallo reconoció legítima defensa en el caso de un hombre que agredió a su pareja porque le revisó el celular sin su permiso. Dicha agresión le generó una incapacidad médica de 5 días a las víctima. La sentencia fue emitida por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá con ponencia del magistrado Jaime Andrés Velasco.
«No todo episodio de desavenencia, discusión o agresión al interior de una pareja o de una unidad doméstica debe ser catalogado objetiva y automáticamente como una violencia intrafamiliar, pues siempre deberá analizarse tanto el contexto como la magnitud del mismo frente al ámbito de protección del bien jurídico tutelado», indicó el fallo.
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Por lo anterior, el fallo agregó que el hombre que agredió a su pareja “obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamental – la intimidad-, ante el riesgo inminente de vulneración por parte de su excompañera sentimental, quien de forma abusiva, sin autorización del titular, pretendía tomar el teléfono celular con la finalidad de revisar su correspondencia privada.»
De acuerdo a esto, para el magistrado la perspectiva de género no puede ir en detrimento de otras garantías como el derecho a la intimidad.