Mutilar las orejas o la cola de su mascota podría causarle una sanción por maltrato animal

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Mutilar las orejas o la cola de su mascota por estética ya no será justificable y podría causarle una sanción por maltrato animal.

Buenas noticias para los animales domésticos en Colombia, pues la Corte Constitucional admitió una demanda contra la expresión “estética” que se establece en el Estatuto Nacional de Protección de los Animales. 

La cual permitía la destrucción, mutilación, o daño contra cualquier miembro, con la justificación estética del animal. 

“Remover, destruir, mutilar o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice de un animal vive, sin que medie razón técnica, científica, zooprofiláctica, estética o se ejecute por piedad para con el mismo.” Artículo sexto, Ley 84 de 1989.

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Este artículo evitaba cualquier sanción contra las personas que cortaban las orejas, colas y demás miembros del animal por el simple hecho o bajo el argumento de “mejorar su apariencia o porte”. 

Lo que se busca con esta demanda es que se elimine la palabra “estética” de esta ley, para que no se permita el maltrato al animal con esta justificante, por el simple “capricho” de cambiar la apariencia de las orejas, cola o demás aspectos y por el contrario se pueda realizar una sanción. 

Conforme a la ley se deberá esperar a que un magistrado de la entidad haga la solicitud para avanzar en dicha deliberación. Pero el hecho de que la Corte haya admitido esta demanda es un paso hacía la victoria contra la crueldad animal. 

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