Así quedó el precio para servicios médicos con EPS en Colombia

Escuche este artículo dando clic aquí

En 2024 también se fijaron nuevos precios para servicios médicos con EPS en Colombia en cuanto a copago y cuota moderadora.

Con la Ley 100 de 1993 los colombianos que se encuentran afiliados al Sistema General de Seguridad Social deben hacer un copago o pago de cuota moderadora cada vez que asistan a una cita médica o le realicen un procedimiento con las EPS.

Dicha cuota se fija de acuerdo con la cantidad de salarios mínimos que devengue el ciudadano y según al régimen que pertenezca, es decir si es subsidiado o contributivo. Vale la pena mencionar que los subsidiados no pagan cuota moderadora.

Para este año 2024 estas cuotas se establecieron conforme a la Unidad de Valor Tributario -UVT- que quedó en $47.065, registrando un aumento de $4.653 respecto al año anterior.

Lea también  La multa que podría recibir si para en su carro o moto en esta señal de tránsito

Cuota moderadora

Lo anterior quiere decir que los valores para el 2024 en cuanto a cuota moderadora son:

  • Rango A, con ingreso de menos de dos Salarios Mínimos: $4.550
  • Rango B, entre 2 y 5 Smmlv:  $18.199.
  • Rango C, más de 5 Smmlv:  $47.718.

En estos servicios de salud se incluyen consultas externas y de odontología, las citas con especialistas como nutricionista, optometría y fonoaudiología.

La cuota también asume pago de los medicamentos recetados, los exámenes de laboratorio, las radiologías e imagenologías y las urgencias no vitales.

Copagos

Por su parte, el valor de los copagos sube según los ingresos que cada usuario tenga, es decir, si una persona gana menos a 2 Salario Mínimos Legales Mensuales Vigentes -Smlmv- el porcentaje a pagar es del 11,50%.

Lea también  Icetex dará hasta 80% de descuento a deudores. Vea las condiciones

Los ciudadanos con ingresos entre 2 a 5 -Smlmv-  pagan el 17,30% y personas con mayores ingresos a 5 -Smlmv- será del 23%.

El tope máximo de los copagos en el régimen contributivo para 2024 quedó así:

  • Menor a 2 Smlmv con tope máximo de $677.175.
  • Entre 2 y 5 Smlmv con tope máximo de $2′708.700.
  • Mayor a 5 Smlmv con tope máximo de $5′417.400.

Los copagos en el régimen subsidiado corresponden al 10% del servicio prestado.

Comparta este artículo

Deja un comentario