Inquilino dejó millonaria deuda a propietario de vivienda a través del recibo de gas y desapareció

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En Armenia un inquilino dejó millonaria deuda a un propietario de vivienda a través del recibo de gas y desapareció.

Preocupado se encuentra un propietario de vivienda en Armenia que tras alquilar su casa ubicada en el barrio La Fachada su inquilina le dejó una millonaria deuda.

En el recibo de gas apareció la sorpresa del pago de 12 millones de pesos diferidos en 48 cuotas mensuales por la compra de electrodomésticos.

“La señora que vivía se hizo abusivamente con el recibo de Efigas que pide Brilla al solicitar un préstamo, no sé si lo hizo a nombre propio o a nombre mío, pero se fue a sacar un crédito de 12 millones 600 en dos electrodomésticos.”, puntualizó.

El afectado, Wilson Restrepo, señaló que su inquilina se fue sin dejar información de su paradero, razón por la cual tampoco puede colocar una denuncia.

Al parecer esta no sería la primera vez que ocurriría e incluso sería una nueva modalidad de robo en la que personas que alquilan una vivienda sacarían créditos con los recibos del inmueble para no pagarlos.

Wilson teme que además de que le cobren por los productos que él no adquirió tenga consecuencias legales o en su vida crediticia.

El propietario busca advertir a quienes tengan inmuebles arrendados para que este tipo de situaciones no les pase.

Efigas responde

Diana Serna, miembro de Efigas, explicó que este tipo de casos no son comunes para la empresa. Sin embargo, hizo claridad de que prevalece el buen comportamiento de pago.

Además, este tipo de crédito denominado ‘Brilla Efigas’ se hace bajo el nombre del solicitante o arrendatario, eximiendo al propietario de la vivienda de deudas.

Sin embargo, la deuda si se verá reflejada en el recibo de gas por lo que la funcionaria indicó que en caso de que el arrendatario abandone la vivienda, el propietario deberá acercase a las oficinas de la empresa de gas para hacer la respectiva modificación.

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43 comentarios en «Inquilino dejó millonaria deuda a propietario de vivienda a través del recibo de gas y desapareció»

  1. Esos créditos a los inquilinos tienen un seguro que respaldan dicha deuda y así en ningún caso se ve comprometido el propietario.

  2. Me parece que son ma’s ir resonsable Los de efi gas. A menos de que saque eletrodomestocos el dueño q aparece en el resibo pero ellos por tener clientela no les importa ir responsables

  3. Esto es muy común x las facilidades q da brilla y hay personas abusivas q utilizan esos créditos pero el dueño no tiene q pagarlas xq una cosa es utilizar el domicilio y otra el nombre propio del dueño quien no ha autorizado no ha firmado y tampoco presento su documento

  4. Bajo ningún concepto Efigas deberia acceder a la aprobación de ese tipo de créditos a menos que sea con autorización previa del propietario ya que es este él directamente implicado , y si se llegara el caso de la aprobación de un crédito a favor del inquilino realizar la respectiva modificación o adicion al contrato de arrendamiento

  5. Todos los que arrendamos inmuebles, podemos acercarnos a efigas llevar el certifi de tradición y hacer bloqueo para que el arrendatario no pueda hacer créditos a través de ELA factura. De esta manera eso no pasará. ES MEJOR CUIDARSE DE PERSONAS INESCRUPULOSAS

  6. Considero que es un abuso por parte de la empresa entregar créditos a un arrendatario,sin autorización del arrendador y la superintendencia de servicios públicos debe tomar cartas en el asunto,

  7. Eso es culpa de los que dan esos créditos porqué a ellos lo que les importa es dar créditos y no miran a quien porque ami me paso con esos seguros que ofrecen también y crean muchos problemas

  8. Efigas debe abolir esta sociedad prácticas crediticias que a pesar de no afectar a los propietarios de los inmuebles, si los pone en situaciones molestas toda vez que están afectando la facturación del servicio que implica pérdida del tiempo en diligencia aclaratoria

  9. Ese cuento muy cierto es con una empresa desconocida en Armenia; que pasaría si esto sucede en Bogota con Vanti, una empresa multinacional; creo que estas empresas grandes así como Enel Codensa no se dejan meter esos goles de los inquilinos, además porque no se si en Bogota ellas ya no pueden publicitar ni mucho menos vender electrodomésticos según decreto de una de las altas cortes; porfa alguien que me corrija si estoy equivocado

  10. Efigas debe asumir todo el valor de la deuda. El propietario del inmueble no tiene porque asumirla ya que en ninguna parte aparece su firma ni número de cédula en el momento de la compra.

  11. Cuando desees arrendar ve a las oficinas de servicios públicos y radica un oficio donde conste que no autorizas sacar tarjetas de crédito ni nada parecido a nombre de sus recibos y dirección de domicilio.

  12. Es un abuso de la empresa, debería exigir el certificado de tradición, si en dicho registro aparece si debería darle crédito de lo contrario no siempre sera el propietario que lo ponen en vueltas y lo obligan a pagar por algo que el no autorizo simplemente son unas ratas

  13. Esas deudas adquiridas por inquilinos no hay que pagarlas, a no ser que haya una autorización previa del dueño del inmueble y este se constituya en deudor solidario, o fiador…no hay que preocuparse, pero es bueno pedir cada mes los recibos pagos de servicios al inquilino

  14. Efigas debe de implementar que si un arrendatario saca un crédito el cual va a estar reflejado en la factura se debe contar con la autorización de quien esté registrado en la factura para así evitar estos inconvenientes

  15. Aquí no hay responsabilidad del dueño del predio,ahora todos los inquilinos van a querer hacer préstamos o sacar artículos a costilla del dueño del predio.que chicharron para el dueño.

  16. El arrendatario debe de colocar una demanda a la empresa de gas por no solicitar autorización escrita y notariada al inquilino para la realización de ese crédito, es un abuso de estas empresas en convenio con entidades de crédito usar una factura de servicios que no está a nombre de quien solicita dicho crédito. Un familiar tuvo ese mismo caso y demando en un juzgado civil y ganó la demanda, porque el arrendatario no puede fungir como deudor solidario si no firma un pagaré y no está enterado de dicha transacción.

  17. Muy malo que esa empresa conceda créditos a un inquilino y luego cobre al propietario del inmueble.
    Que responda el que adquirió el préstamo y si no puede cobrar que pierda la empresa que fue la que concedió dicho crédito

  18. El daño de crédito se puede solucionar, lo peor de este tipo de acciones es el daño mental, emocional, psicólogico y la salud en general por este tipo de créditos acciones de las entidades que solo piensan en facturar y en la marcha solucionan los daños generados.

  19. En el país de las monjitas descalzas dejat un vacío tan grande y semejante problema al propietario del inmueble este debe demandar a eficas por los daños y perjuicios tanto materiales como psicológicos. Y cobrar la respectiva indemnización por ejemplo si se le doña un negocio con ese bien inmueble etc…

  20. Ese crédito debe ser solo para la persona que aparece en la factura ,es irresponsabilidad de efigas que aun un inquilino le suelten créditos con una factura de un inmueble que no les pertenece eso no es ético ni correcto

  21. Eso lo hacen con el fin de vender, porque saben que son inquilinos, se llama a las empresas de gas para que no se hagan créditos a nombre del apartamento, Loque responden es, que no se puede, porque para eso sale a nombre del inquilino, pero de todas maneras llega en los recibos , esto deberia la sic, controlar, para evitar estos problemas

  22. Pero no leen la nota? La empresa está dando las respuestas y explicaciones a este caso. Por más que aparezca en la factura del titular, el crédito es a nombre de quien lo solicita, y en un caso como este, el propietario se acerca a la empresa y hace su respectivo descargo. En ningún lado dice que que se afecta el datacredito del propietario de la factura. Lean lean. Y comprendan lo que leen.

  23. Divina mente se puede demandar la empresa de efigas el único que puede obtener el crédito es el propietario o los erederos bajo ciertos parámetros y requisitos ojo con estos fraudes ciudadanos al que le pase inmediata mente demandé son temor ninguno

  24. La Ley 142 de 1.994, Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, EXIME al Propietario del Inmueble sobre DEUDAS que adquiera el Arrendatario, por lo tanto, NO SE DEBE PREOCUPAR POR LA DEUDA. eso si, el nuevo inquilino puede solicitar pagar solo el servicio de gas natural, la deuda del anterior inquilino SEGUIRA figurando.

  25. Si claro muy irresponsable esa empresa que no solicita la cedula original del solicitante del credito, como minimo para verificar su identidad

  26. Efigas pone al propietario a llevar cartas, a llevar certificado de tradición de la propiedad a demostrar que el propietario es el dueño, cuando lo que debe hacer es cerciorarse quien es el que va hacer el crédito con brilla, con tal de generar el crédito después que se friegue el propietario.

  27. Claro q si, la empresa debe tener en cuenta q el propietario de la vivienda es qyuen da el aval para creditos y no el arrendatario

  28. Las empresas que hacen estos créditos debían de pedir más información de quienes van adquirir los electrodomésticos y preguntarles si es casa propia o en inquilinato y si el propietario está de acuerdo con este crédito o en su defecto no fiarle a desconocidos

  29. Efigas NO debe dar crédito a los arrendatarios.
    Los perjudicados siempre son los propietarios.
    Exigir documentos de veracidad y comprobada, para el crédito.

  30. Esto está pasando y hasta promocionan por redes dirigidos a los inquilinos. Y la Edeq para allá va, también está dando el credito aliado al recibo y no al dueño.

  31. El propietario del inmueble que no autorizo que. La compra realizada por inquilino no debe pagar, la EPS debe descargar el saldo de la factura y perseguir al inquilino

  32. Por otro lado la empresa del gas es la única culpable ya que permite que se haga este tipo de movimientos sin autorización del dueño del predio, a mi tienen que demostrarme que autoricé o de lo contrario su demanda por abuso de confianza se llevan

  33. Las empresas de gas no deberían adjudicar créditos a arrendatarios sino solamente al dueño del inmueble a menos que este mediante carta autorice a la empresa a que el arrendatario haga adquisición del crédito haciéndose responsable del mismo en caso que el arrendatario no logre culminar sus pagos, pero esta modalidad no creo que nadie la quiera aceptar.

  34. Me parece que efigas incurre en una falta pues pone al dueño de la propiedad en engorrosos procedimientos que no deberían hacer pues la culpa no es del propietario efigas debería asumir su responsabilidad

  35. Que irresponsabilidad la de efigas de ir entregando créditos solo con un recibo…. Afectando a la persona dueña del inmueble.

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