Conozca las excepciones en la restricción de parrillero en La Tebaida

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La alcaldía de La Tebaida a través de la Secretaría de Tránsito y Transporte anunció las excepciones en la restricción de parrillero en moto contempladas en el decreto 130 de 2021.

Requisitos para movilizar familiares como parrillero

El parrillero o acompañante que integre el núcleo familiar del conductor de la motocicleta también queda exento de la normativa, una vez demuestre la calidad de miembro del núcleo familiar y sea acreditado por la Secretaría de Tránsito y Transporte de La Tebaida, para lo cual deberá aportar los siguientes documentos:

  • Solicitud del propietario tenedor o poseedor de la motocicleta.
  • Fotocopia de los documentos de identificación de los integrantes del núcleo familiar.
  • Documentos del vehículo tales como licencia de tránsito, certificado de revisión técnico mecánica,
    seguro obligatorio de accidentes de tránsito -Soat-.

Otros permisos están enfocados en los motociclistas con parrillero o acompañante quienes en razón de su profesión u oficio deben utilizar la motocicleta los días establecidos en el Decreto quedan exentos siempre y cuando porten los diferentes uniformes, carné o certificación de la empresa para la cual laboran.

Los vehículos utilizados por las empresas que prestan los servicios públicos domiciliarios, identificadas con el respecto logotipo, reconocidas y vigiladas por la Superintendencia de Servicios públicos.

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Excepciones por pertenecer a entidades de salud y militares

De acuerdo con la norma los vehículos que entran en excepción y pueden movilizar parrillero son: las motocicletas destinadas al servicio de las Fuerzas Militares, de Policía Nacional, Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec-, Fiscalía General de la Nación, CTI y los Agentes de Tránsito y Transporte en servicio.

Las que prestan su función como ambulancias, o que pertenecen al cuerpo de bomberos, la Defensa Civil y cualquier otro organismo dedicado exclusiva y públicamente a la atención de emergencias.

Automotores que transporten a discapacitados, únicamente cuando se utilicen como medio de transporte de estas personas, siempre y cuando él o los discapacitados estén ocupando la motocicleta. Para estos efectos bastará con la presentación del certificado médico correspondiente.

Las motos destinadas a la prestación de los servicios de seguridad o de escolta, funcionarios del orden nacional, departamental, distrital, municipal debidamente identificados, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones, o en cumplimiento de sus obligaciones cuyos ocupantes deberán portar las correspondientes identificaciones oficiales que incluyen carné y uniforme establecido oficialmente si es el caso por la empresa.

También aplica para las Empresas de Telecomunicaciones, de redes fijas, Inalámbricas, reconocidas y vigiladas por la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- las Empresas de Televisión por Suscripción, reconocidas por la Autoridad Nacional de Televisión y los Medios de Comunicación con su debida notificación.

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Horarios de atención en la secretaria de Tránsito y transporte de La Tebaida

La diligencia la deben realizar única y exclusivamente en las oficinas de la Secretaría de Tránsito del ‘Edén Tropical del Quindío’ en horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a las 12:00 h y de 2:00 p.m. a 5:00 de la tarde y los viernes de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía y de 2:00 p.m. a 4.00 de la tarde.

De acuerdo con lo comunicado por la alcaldía estas medidas se toman en aras de mitigar el transporte informal en la localidad, y a su vez, en reducir el impacto de las restricciones en las familias y en el sector comercial y empresarial de La Tebaida.

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