Procuraduría exige atención en ginecología para reclusas de cárcel Villa Cristina en Armenia. Exigió que se cumplieran los derechos de las mujeres.
Un juez administrativo en Armenia ordenó el servicio de atención de ginecología para mujeres privadas de la libertad en el centro de reclusión para mujeres, Villa Cristina, ubicada en la capital quindiana.
Esta acción de tutela instaurada por el Ministerio Público exige la práctica de exámenes médicos especializados, tratamientos y procedimientos de obstetricia a 37 las reclusas, que hasta la fecha no habían sido atendidos por las entidades correspondientes.
Al resolver esta reclamación de derechos instaurada por la Procuradora 41 Judicial Penal II de la Capital del Quindío, el magistrado señaló que para la protección de la salud se hace necesario que «Las entidades competentes prioricen la atención y adelanten los procedimientos de citología, cistoscopia, ecografías y mamografías pendientes, que solo son prescritos dada su condición de mujeres».
Protección de los derechos fundamentales
El Ministerio Público indicó que el seguimiento a la atención brindada a la población privada de la libertad -PPL- en Villa Cristina, detectó una falta de ejecución de órdenes médicas y demoras que afectan gravemente su salud y compromete sus derechos.
La Procuraduría resaltó la importancia de que el caso fue abordado con enfoque de género «Dada la discriminación histórica y la necesidad de acciones afirmativas, como quiera que la falta de tratamientos preventivos incrementa el riesgo de enfermedades como el cáncer de seno o cérvico-uterino».
Por lo anterior se le ordenó a la Fiduprevisora S.A, a la Unión Temporal y Medisalud Integral PPL, así como a las entidades vinculadas Unidad de servicios Penitenciarios y Carcelarios -Uspec- y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec-, a realizar las respectivas atenciones sanitarias mencionadas en la acción de tutela.
Así mismo exhortó a las entidades vinculadas para que incluyan la adopción de protocolos específicos con enfoque de género, que garanticen acceso efectivo, calidad y servicio oportuno, para lo cual deben tener en cuenta la sentencia de Corte Constitucional SU – 122 de 2022.
¿Qué dice la sentencia de la Corte Constitucional SU – 122 de 2022?
En esta sentencia se establecen varios puntos, el principal es que a partir de que la persona ingresa a un centro carcelario, nace una relación o vínculo jurídico-administrativo, en el que el interno se somete a un régimen, pero también la administración debe cumplir ciertos deberes.
«en cabeza de la administración surgen deberes de preservar la eficacia de su poder punitivo, el cumplimiento de los protocolos de seguridad, garantizar las condiciones materiales de existencia y las necesarias para la resocialización, así como asegurar el goce efectivo de los derechos fundamentales de los internos que pueden limitarse dentro del marco impuesto por la Constitución», dice dicha sentencia.
las garantías que allí se establecen específicamente son:
- Garantía del derecho a la salud.
- Garantía de alimentación adecuada.
- Garantía de acceso al agua potable.
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Garantía de derecho al voto de personas privadas de la libertad no condenadas.