¡Ojo! con esta ley inquilinos podrían adueñarse de una propiedad. Evite dolores de cabeza por simples descuidos.
En Colombia muchas personas tienen como forma de negocio el alquilar una vivienda y así sacarle provecho, sin embargo los arrendatarios podrían reclamar el inmueble como suyo, por un simple descuido.
Actualmente en el país existen ciertas normas que salvaguardan a los arrendadores, como lo es la Ley 820 de 2003 en la que se estipulan las regulaciones en los contratos de arrendamiento, pero es posible que por ciertos aspectos después de un tiempo se pueda perder esta propiedad.
¿En qué casos el inquilino puede adueñarse de una propiedad?
En el país existe algo llamado «Prescripción adquisitiva de dominio» Ley 791 de 2002, que establece los términos para solicitar la propiedad cuando se ha poseído el bien por un tiempo determinado, lo que quiere decir que el inquilino actúa como dueño sin serlo, y que por el contrario el poseedor de las escrituras no lo reclama.
Esta forma de adquirir terrenos ajenos tiene ciertos puntos que se deben cumplir al pie de la letra para poder hacerse efectivo como:
- El propietario deja alguien en su propiedad sin ningún contrato y luego se desatiende del inmueble.
- El inquilino empieza a pagar gastos como: Impuestos, remodelaciones o mejoras.
- El inquilino es reconocido por los vecinos como dueño de la propiedad.
Cabe destacar que para que los puntos anteriores sean válidos, deben haber pasado 10 años o más desde el momento en que la familia llegó a la vivienda. En caso de ser así, el inquilino puede acudir a un juez con las evidencias y reclamar la propiedad.
De esta forma puede evitar que el inquilino se adueñe de su propiedad
Abogados recomiendan que para evitar que un inquilino se adueñe de una propiedad, la clave es que desde un principio exista un contrato de arrendamiento en el que se especifiquen ciertas condiciones y que es necesario que se renueve cada cierto tiempo.
En el caso en que por alguna razón como propietario deba dejar el inmueble por un largo tiempo, bajo supervisión de un familiar o amigo, este tiene que dejar firmado un documento en el que aclare la situación en la que la vivienda queda y resaltar que sigue siendo el dueño.