Si usted vive en casa arrendada no le pueden subir el alquiler más de esto. Vea cómo hacer el cálculo

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Si usted vive en casa arrendada no le pueden subir el alquiler más de esto. Vea cómo hacer el cálculo para que cuide su bolsillo.

Es habitual que cada que inicia un nuevo año, suban el costo de las viviendas en arriendo en Colombia. Para este 2025 se espera que los valores incrementen en menor proporción a los años anteriores, teniendo en cuenta que la inflación bajó en 2024.

Por lo anterior es importante saber cuál es el porcentaje de aumento proyectado para este 2025 y así conocer la cifra que no deben exceder los arrendatarios.

Es importante destacar que este ajuste no se debe aplicar automáticamente inicia el año, sino al cumplirse un año del contrato de alquiler, es decir, si su casa la arrendó en junio de 2024, en ese mes del año siguiente deben subir el valor.

¿Cuál es el porcentaje de arriendo proyectado?

De acuerdo a las últimas proyecciones de 2024, teniendo en cuenta que la inflación había mostrado una reducción positiva, se estima que para este 2025 el arriendo incremente cerca del 5.6%. sin embargo actualmente se ubica en 5.41%, por lo que es necesario esperar a finales de enero para conocer el porcentaje ligado al índice de Precios al Consumidor -IPC-.

Así se calcula el aumento del arriendo con el porcentaje del IPC

Si bien este 5.41% no está confirmado, servirá como referencia para simular el incremento en este nuevo año.

Para saber el valor de lo que debe empezar a pagar por su vivienda arrendada, se debe:

  1. Convertir el porcentaje de aumento del IPC a decimal dividiendo entre 100. Por ejemplo, si el IPC es de 5.41%, se convierte en 0.0541.
  2. Multiplicar el decimal obtenido por el valor del arriendo actual.
  3. Sumar el resultado al valor del arriendo actual para obtener el nuevo arriendo.

Por ejemplo: si el arriendo es de 1,000,000 pesos y el IPC es de 5.41%, el aumento sería de 54,100 pesos, por lo que el nuevo arriendo sería de 1,054,100 pesos. 

Los arriendos no deben exceder la cifra permitida

La legislación colombiana establece que el valor de un arriendo no debe exceder el 1% del valor comercial que tiene el inmueble, es decir, que si una casa está valorada en 200 millones de pesos, el alquiler no debe superar los 2 millones de pesos.

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