Como estrategia para incentivar la inversión en el Municipio y la generación de empleo, la Administración Municipal a través del artículo 82 del acuerdo 019 del 2019 o Código de rentas, exonera del impuesto de industria y comercio a las empresas nuevas que se establecen en el área delimitada como zona industrial de La Tebaida siempre y cuando se generen empleos directos para personas oriundas o con mínimo un año de residencia en el Municipio.
Estos beneficios aplican por un periodo de tiempo de máximo 10 años contados a partir de la constitución de la empresa, y además, debe haber hasta un 1,5% de profesionales, y hasta un 10% entre técnicos y tecnólogos contratados, para lo cual deben certificar: copia cédula de ciudadanía de los empleados, copia del contrato laboral, copia del pago de seguridad social y certificado de vecindad de los colaboradores expedido por la Secretaría de Gobierno Municipal.
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La exención contemplada se aplica por el periodo fiscal anterior al año de radicación y aprobación de la solicitud, adjuntando los documentos que certifiquen el cumplimiento de los requisitos para cada caso.
Cabe anotar que, si la empresa contrata el 10% de sus empleados oriundos o con mínimo un año de residencia en La Tebaida, tendrá un descuento del 10%, si contrata el 20% el descuento será del 20% y así sucesivamente hasta el 90%.
La Secretaría de Hacienda del Municipio aclara que no habrá lugar al beneficio cuando la industria sea consecuencia de la liquidación, transformación, expansión, fusión, escisión, cambio de propietario, nombre del establecimiento o razón social, y reitera que para acceder a estas exenciones, debe encontrarse al día con la administración por todo concepto.