Estas son las personas que no necesitan Sisbén para recibir subsidios en 2024, usted podría estar incluido

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Conozca la población que no necesita Sisbén para recibir subsidios del Estado en 2024, usted podría estar incluido.

La gran mayoría de subsidios que el gobierno nacional ha implementado para combatir la pobreza y ayudar a la población en estado de vulnerabilidad, tienen una serie de requisitos encaminados a que quienes los reciban sean quienes verdaderamente más los necesiten.

Uno de esos requisitos casi que primordiales es que los beneficiarios estén adscritos al Sisbén IV, una herramienta que busca clasificar a la población según su nivel socioeconómico para acceder a programas y beneficios.

Sin embargo, la ley establece un cierto grupo de poblaciones que no necesitan estar inscritas en el Sisbén para poder acceder a los programas ofertados por el Estado y las administraciones locales.

¿Culaes son las poblaciones que no necesitan estar en el sisbén para recibir subsidios?

Las poblaciones especiales, que debido a sus “condiciones de vulnerabilidad, marginalidad, discriminación o en situación de debilidad manifiesta», deben pertenecer al régimen subsidiado según la ley.

Estas poblaciones se identifican mediante el Listado Censal en vez de una encuesta del Sisbén y su clasificación y son:

  •  Niños, niñas, adolescentes y jóvenes en proceso administrativo para el restablecimiento de sus derechos, y población perteneciente al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
  • Menores desvinculados del conflicto armado.
  • Población infantil vulnerable bajo protección en instituciones diferentes al ICBF.
  • Comunidades Indígenas.
  • Población desmovilizada.
  • Adultos mayores en centros de protección.
  • Adultos mayores de escasos recursos y en condición de abandono que se encuentren en centros de protección.
  • Población Rrom.
  • Personas incluidas en el programa de protección a testigos.
  • Víctimas del conflicto armado interno.
  • Población privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales del orden Departamental, Distrital o Municipal e inimputables por trastorno mental en cumplimento de medida de seguridad.
  • Población Habitante de la calle. Personas que dejen ser madres comunitarias o madres sustitutas y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, en los términos de los artículos 1 de la 1450 de 2011 y 111 de la Ley 1769 de 2015.
  • Población migrante colombiana repatriada o que ha retornado voluntariamente al país o han sido deportados o expulsados de la República Bolivariana de Venezuela y su núcleo familiar.
  • Los migrantes venezolanos sin capacidad de pago, pobres y vulnerables con Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente, así como sus hijos menores de edad con documento de identidad válido en los términos del artículo 2.1.3.5 del Decreto 780 de 2016, que permanezcan en el país.
  • Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana y cuerpos de bomberos, así como su núcleo familiar.
  • Personas con discapacidad en centros de protección. Los adultos entre 18 y 60 años en condición de discapacidad, de escasos recursos y en condición de abandono que se encuentren en centros de protección.

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40 comentarios en «Estas son las personas que no necesitan Sisbén para recibir subsidios en 2024, usted podría estar incluido»

  1. Buenos dia, soy víctima del desplazamiento del conflicto armado . Cómo hago para reclamar estos derechos que tengo para quee incluyan al beneficios del gobierno .

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  2. Soy una persona en situación de desplazamiento y no e sido tenido en cuenta en ningún programa de ayuda del gobierno también e escuchado muchos
    casos de personas que tienen asta dos casas carro negocio y a esas personas si los tienen en cuenta para muchos beneficios del gobierno

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  3. LA MAMÁ TIENE 86 AÑOS ES UNA ADULTO MAYOR Y DISCAPACITADA LE DIERON UN PUNTAGE C4 YO SOY LA HIJA FRANCIA VILLADA VIVO CON ELLA SERÁ QUE ME AYUDARAN CON RENTA CIUDADANA

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