Esto debe hacer si una aerolínea sobrevende su vuelo. Lo pueden indemnizar

Conozca las obligaciones que tienen las aerolíneas con los pasajeros cuando sobrevenden un vuelo. Tiene derecho a compensaciones monetarias.

Una de las problemáticas que manejan los usuarios de las aerolíneas al viajar es encontrarse con que su vuelo ha sido sobrevendido y no contar con una solución por parte de la empresa aérea. 

La Superintendencia de Transporte de Colombia ha incrementado sus esfuerzos para ayudar a los usuarios afectados por la sobreventa de vuelos. En total, la entidad ha llevado a cabo 4.963 intermediaciones y acompañamientos en 26 aeropuertos a nivel nacional.

Según informes oficiales, aunque esta práctica es permitida por el Reglamento Aeronáutico de Colombia, ha generado numerosas quejas y problemas entre los pasajeros.

Es necesario que el usuario conozca sus derechos en el momento en el que se presente esta situación para exigirle a la aerolínea una solución pertinente.

¿Qué se puede exigir cuando la aerolínea sobrevende un vuelo?

  • La aerolínea está obligada a proporcionar al pasajero afectado un cupo en el siguiente vuelo disponible, en caso tal que no se pueda debe solicitar embarque en otra aerolínea
  • El usuario puede pedir su compensación monetaria con una suma equivalente al 30% del valor del trayecto afectado, la aerolínea está obligada a hacerlo. 
  • La compañía aérea debe proporcionar un refrigerio y una comunicación telefónica que no exceda de tres minutos, en caso tal que el retraso sea de 1 hora a menos de 3 horas. 
  • Para demoras superiores entre 3 y 5 horas, están obligados a ofrecer alimentos como desayuno, almuerzo o cena, dependiendo de la hora. 
  • Cuando  la demora supera las 5 horas, la empresa debe proporcionar alimentación y compensar al pasajero con el 30% del valor del tiquete.
  •  En el caso en que la espera sobrepase las 10 de la noche (hora local), las empresas de transporte aéreo están obligadas a brindar hospedaje a los pasajeros que no se encuentren en su lugar de residencia, y a cubrir los gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje y viceversa.

Ayda Lucy Ospina Arias, superintendente de Transporte, manifestó que “las aerolíneas deben responder de manera inmediata ante las necesidades de los viajeros, pues deben garantizar la prestación del servicio y prever este tipo de situaciones con un margen de maniobra óptimo.”

La entidad enfatiza que los usuarios tienen diversos canales para presentar sus quejas y reclamos.

  • Correo electrónico: vur@supertransporte.gov.co
  • Línea gratuita: 018000915615
  • Línea de WhatsApp: 3185946666.
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