Esto debe hacer si una aerolínea sobrevende su vuelo. Lo pueden indemnizar

Escuche este artículo

Conozca las obligaciones que tienen las aerolíneas con los pasajeros cuando sobrevenden un vuelo. Tiene derecho a compensaciones monetarias.

Una de las problemáticas que manejan los usuarios de las aerolíneas al viajar es encontrarse con que su vuelo ha sido sobrevendido y no contar con una solución por parte de la empresa aérea. 

La Superintendencia de Transporte de Colombia ha incrementado sus esfuerzos para ayudar a los usuarios afectados por la sobreventa de vuelos. En total, la entidad ha llevado a cabo 4.963 intermediaciones y acompañamientos en 26 aeropuertos a nivel nacional.

Según informes oficiales, aunque esta práctica es permitida por el Reglamento Aeronáutico de Colombia, ha generado numerosas quejas y problemas entre los pasajeros.

Es necesario que el usuario conozca sus derechos en el momento en el que se presente esta situación para exigirle a la aerolínea una solución pertinente.

¿Qué se puede exigir cuando la aerolínea sobrevende un vuelo?

  • La aerolínea está obligada a proporcionar al pasajero afectado un cupo en el siguiente vuelo disponible, en caso tal que no se pueda debe solicitar embarque en otra aerolínea
  • El usuario puede pedir su compensación monetaria con una suma equivalente al 30% del valor del trayecto afectado, la aerolínea está obligada a hacerlo. 
  • La compañía aérea debe proporcionar un refrigerio y una comunicación telefónica que no exceda de tres minutos, en caso tal que el retraso sea de 1 hora a menos de 3 horas. 
  • Para demoras superiores entre 3 y 5 horas, están obligados a ofrecer alimentos como desayuno, almuerzo o cena, dependiendo de la hora. 
  • Cuando  la demora supera las 5 horas, la empresa debe proporcionar alimentación y compensar al pasajero con el 30% del valor del tiquete.
  •  En el caso en que la espera sobrepase las 10 de la noche (hora local), las empresas de transporte aéreo están obligadas a brindar hospedaje a los pasajeros que no se encuentren en su lugar de residencia, y a cubrir los gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje y viceversa.

Ayda Lucy Ospina Arias, superintendente de Transporte, manifestó que “las aerolíneas deben responder de manera inmediata ante las necesidades de los viajeros, pues deben garantizar la prestación del servicio y prever este tipo de situaciones con un margen de maniobra óptimo.”

La entidad enfatiza que los usuarios tienen diversos canales para presentar sus quejas y reclamos.

  • Correo electrónico: vur@supertransporte.gov.co
  • Línea gratuita: 018000915615
  • Línea de WhatsApp: 3185946666.
Comparta este artículo

Deja un comentario