No hay permiso para que despegue el primer vehículo volador en el Quindío

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A pesar de las expectativas que generó el anuncio, en Colombia no hay permiso para que despegue el primer vehículo volador en Armenia.

El anuncio de que el primer vehículo volador en Colombia despegaría en el Quindío generó una gran expectativa en el país debido a lo innovador y revolucionario que resultaría este hecho en materia de movilidad para el país.

Jhon Flórez es el empresario a cargo del Ehang-16, el primer dron tripulado para transporte de personas y mascotas diseñado en China y que gracias a la gestión del colombiano logró traerse hasta la capital quindiana donde abrieron oficinas de la compañía en 2023.

El comerciante sostuvo en diálogo con La Nueva Crónica del Quindío que pronto se realizaría el despegue de este vehículo volador y aunque no dio fecha exacta ni lugar, indicó que estaría acompañado de grandes personalidades a nivel mundial.

No obstante, la ilusión de ver este despegue se vería truncada como consecuencia de las normas vuelo que existen en el territorio nacional.

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Precisamente la Aeronáutica Civil trinó sobre la publicación del mencionado medio de comunicación en la cual se anunciaba el famoso despegue del primer vehículo volador en Colombia.

«La Aerocivil informa que, de acuerdo con la norma RAC 100 y por estándares de seguridad operacional, el transporte de personas en aeronaves no tripuladas NO está autorizado en el país», señalaron en su cuenta de X.

A pesar de que a Flórez le indagaron por los permisos de vuelo, él sostuvo que contaba con todas las certificaciones internacionales para operar y que estaba apegado a la ley de dron que no la había inventado Colombia sino Estados Unidos y que luego distintos países adoptaron.

Sin embargo, con el anuncio de la Aerocivil puntualizando sobre el caso particular quedó claro que el dron tripulado por ahora no podrá despegar.

¿Cuál es la norma del dron en Colombia?

El pasado mes de octubre de 2023 hubo una actualización en la norma de drones en Colombia, precisamente la inclusión de la RAC 100 sobre la cual hace referencia la Aerocivil para recordar que el transporte de personas en aeronaves no tripuladas no está autorizado.

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Esto quiere decir que ni personas ni animales podrán viajar en esta aeronave. En cuanto a la capacidad de peso para el registro de estas aeronaves se ha establecido en 200 gramos o más sin ser tripulada.

Todos estos vehículos tendrán que contar obligatoriamente con plena identificación por lo que deberán llevar una etiqueta adherida a su estructura.

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3 comentarios en «No hay permiso para que despegue el primer vehículo volador en el Quindío»

  1. Podria iniciar con ruta en un limitado sector. y con horarios programados. Como atraccion turistica. Hay pensar en los inversionistas. sin limitarnos a la letra muerta.

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