Este es el tiempo para evitar que tránsito lleve vehículos a los patios

Mucha atención porque hay una norma que da tiempo para evitar que tránsito lleve vehículos a los patios dependiendo la infracción.

Aun queda un recurso para que los ciudadanos eviten que los agentes de tránsito inmovilicen sus vehículos y se los lleven hasta los patios, lo que acarrearía un costo adicional, pues además de la multa por la infracción cometida se debe sumar el costo del parqueadero y la grúa.

De acuerdo con la Resolución 20223040042295/2 del ministerio de Transporte, la autoridad podrá inmovilizar un vehículo infractor de manera preventiva sin llevarlo a los patios hasta que el conductor pueda subsanar la causa que dio origen a la inmovilización.

El tiempo que tienen los ciudadanos para enmendar su error es de 60 minutos, es decir una hora máximo. De no solucionarse en ese lapso el vehículo inevitablemente terminará en los parqueaderos. Cabe destacar que evitar una inmovilización no lo salva del pago del comparendo.

Vale la pena mencionar que en muchas ocasiones los agentes no respetan esa posibilidad y suben la motos o carros a la cama baja para trasladarlos a patios sin que la persona tenga el tiempo para subsanar la infracción.

No obstante, esto no aplica en todos los casos, pues hay infracciones que sí o sí requieren inmovilizar el automotor sin dar tiempo de espera.

Casos en los que puede evitar la inmovilización del vehículo

  • Conducir sin la licencia de tránsito o fotocopia autenticada: en estos casos cuenta con una hora para que alguien se la lleve al punto en que lo detuvieron.
  • Transportar carga sin llevarla bien asegurada.
  • En el caso de los motociclistas no llevar casco o tenerlo mal puesto.
  • Conducir un vehículo cuya carga o pasajeros obstaculicen la visibilidad.
  • Manejar sin luces.
  • Conducir sin el certificado del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito -Soat-.

Entre tanto los casos en que el conductor debe someterse a la multa e inmovilización son:

  • Conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de alguna sustancia alucinógena.
  • Transportar materiales inflamables, corrosivos, explosivos, venenosos o combustible sin las medidas de seguridad apropiadas.

Casos que ya no dan inmovilización de motos

El Congreso de la República sancionó el Proyecto de Ley 310 de 2023, que busca incentivar la equidad en las infracciones de tránsito entre motos y carros. El objetivo es que las sanciones sean igualmente severas para ambos tipos de vehículos en los mismos casos.

Hasta ahora, las motos podían ser inmovilizadas de forma inmediata hasta que el propietario pagara el respectivo comparendo. Sin embargo, en aras de la igualdad, se propuso eliminar las sanciones que afectaban de manera diferente a los motociclistas en circunstancias en las cuales un carro no hubiese sido inmovilizado.

Las motos no serán inmovilizadas por las siguientes infracciones, aunque sí serán sancionadas con la multa correspondiente:

  • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla del semáforo o una señal de “Pare”.
  • Conducir un vehículo sobre vías no autorizadas, como vías peatonales o separadores.
  • Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva y cruces no regulados.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables.
  • Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículos de servicio de transporte público de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente.

Por estas modificaciones le podrían inmovilizar su vehículo. Le contamos

Por estas modificaciones le podrían inmovilizar su vehículo. Le contamos lo que necesita saber para evitar la sanción.

En esta época decembrina muchas familias se desplazan a otros lugares para pasar vacaciones, pero en ciertas ocasiones pueden pasar malos ratos en carretera por no tener en cuenta las normas establecidas en el Código Nacional de Tránsito.

El incumplimiento de estas reglas pueden generar multas, inmovilizaciones y hasta sanciones en los documentos de propiedad del vehículo.

¿Cuáles son las modificaciones prohibidas en los carros?

Vidrios: En varios casos los ciudadanos modifican los vidrios de los carros y deciden convertirlos en polarizados para mayor privacidad, sin embargo estos elementos tienen unos porcentajes de luminosidad que ya están establecidos.

  • Parabrisas y vidrios laterales delanteros: 70% de luminosidad.
  • Vidrios traseros y laterales: 55% de luminosidad.

Cabe aclarar que estas modificaciones deben ser solicitadas ante la Dirección de Investigación Criminal -Interpol-.

En caso de incurrir en la falta, deberá pagar una multa cerca de 305 mil pesos.

Placas: La ley establece que no se puede modificar ningún número de serie del motor, chasis o placas del vehículo, mucho menos se puede conducir con placas falsas.

La infracción corresponde a una multa de 305 mil pesos.

Sonido: Existe la reglamentación para los equipos de sonido, radios o amplificación de volúmenes, que deben estar dentro de los 83 a 84 decibeles permitidos.

Así mismo hacer uno de proyectores de imágenes mientras el vehículo está en movimiento puede acarrear una sanción de 305 mil pesos.

¿Cuáles modificaciones pueden acarrear inmovilización?

Cambio de color o motor: Los dueños de carros que realicen el cambio de motor o el color de un vehículo por estética y gustos personales deberán informarlo ante las autoridades para realizar el registro. en caso de que esto no suceda deberán enfrentar una multa de 305 mil pesos y la inmovilización del vehículo.

 Luces: Los conductores que retiren los dispositivos luminosos del automóvil o estos se caigan por algún motivo y no los arregle en un tiempo determinado, deberá enfrentar una multa correspondiente a 572.628 pesos.

Así mismo si el auto está siendo conducido sin más de dos luces, la multa será de 1.144.927 pesos y se enfrentará a una inmovilización.

Publicidad: En caso de que los carros tengan stickers, publicidad, propagandas, posters o similares que dificulten la visibilidad del conductor y de otros, podrá incurrir a una falta legal, con una multa de 305.095 pesos y se procederá a la inmovilización del vehículo.

¿Qué se debe tener en cuenta cuando un vehículo es inmovilizado y llevado a los patios?

Luego de haber recibido la infracción por incumplir una de las normas anteriores, el responsable del vehículo deberá pagar el monto de la multa asignada para así poder acercarse al parqueadero en el que se encuentra el automotor.

Una vez realizado esto, al momento de entrega del carro se deben tener a la mano ciertos documentos esenciales:

  • Cédula de ciudadanía.
  • Orden de comparendo.
  • Inventario de patios y registro del pago de los servicios de grúa y patios.
  • Licencia de tránsito.
  • Licencia de conducción.
  • Seguro obligatorio.
  • Certificado de revisión técnico mecánica.
  • Inventario de grúa.

305 comparendos y 61 vehículos inmovilizados en alborada navideña en Armenia

305 comparendos y 61 vehículos inmovilizados en alborada navideña en Armenia tras operativos de las autoridades.

Durante los operativos realizados en el marco de la alborada del inicio de diciembre, las autoridades de Tránsito de Armenia reportaron 305 órdenes de comparendo impuestas por diversas infracciones, lo que demuestra un significativo nivel de incumplimiento de las normas viales entre la noche del sábado 30 de noviembre y la madrugada del domingo 1 de diciembre.

Además, las autoridades inmovilizaron 60 motocicletas y 1 automóvil, acciones que buscan frenar comportamientos que pongan en riesgo la seguridad de los ciudadanos.

Durante la alborada navideña en la capital quindiana se registraron varias caravanas de motociclistas y quema de pólvora desmedida.

Desde la alcaldía reiteraron la importancia de cumplir con las normativas de tránsito y advirtieron que continuarán realizando operativos para fortalecer la cultura ciudadana y reducir la accidentalidad.

“El objetivo no es solo imponer sanciones, sino también generar conciencia sobre la responsabilidad al momento de conducir. Queremos evitar tragedias que empañen estas festividades”, señaló el secretario de Gobierno Municipal Andrés Buitrago.

Estos operativos se enmarcan en la estrategia de prevención desplegada por la administración municipal, con el apoyo de la Policía Nacional y la Secretaría de Tránsito y Transporte -Setta- para promover unas festividades más seguras y respetuosas con el bienestar colectivo.

Conozca los casos que ya no dan inmovilización de motos, gracias a nueva ley en Colombia

Conozca los casos que ya no dan inmovilización de motos, gracias a nueva ley en Colombia que sancionó el Congreso.

El Congreso de la República sancionó el Proyecto de Ley 310 de 2023, que busca incentivar la equidad en las infracciones de tránsito entre motos y carros.

El objetivo es que las sanciones sean igualmente severas para ambos tipos de vehículos en los mismos casos. El proyecto, con ponencia del senador Gustavo Moreno y la autoría del senador Alejandro Vega, modifica la Ley 769 de 2002, que establece el Código Nacional de Tránsito.

Hasta ahora, las motos podían ser inmovilizadas de forma inmediata hasta que el propietario pagara el respectivo comparendo. Sin embargo, en aras de la igualdad, se propuso eliminar las sanciones que afectaban de manera diferente a los motociclistas en circunstancias en las cuales un carro no hubiese sido inmovilizado.

En concreto, se eliminaron las disposiciones de la Ley 769 de 2002 que ordenaban la inmovilización de las motocicletas hasta el pago de la multa.

Las motos no serán inmovilizadas por las siguientes infracciones, aunque sí serán sancionadas con la multa correspondiente:

  • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla del semáforo o una señal de “Pare”.
  • Conducir un vehículo sobre vías no autorizadas, como vías peatonales o separadores.
  • Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva y cruces no regulados.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables.
  • Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículos de servicio de transporte público de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente.

Infracciones que sí dan inmovilización de motos en Colombia

A pesar de la reciente sanción de ley que impide inmovilizar motos en Colombia por cualquier infracción, aun hay situaciones en las que las autoridades de tránsito pueden retener el vehículo.

Estas medidas buscan contrarrestar algunas conductas inapropiadas y garantizar la seguridad vial y el cumplimiento de las normas de tránsito.

A continuación, se detallan algunas de las infracciones más comunes que pueden llevar a la inmovilización de una motocicleta:

Conducir sin la documentación requerida

La falta de documentos esenciales como la licencia de conducción, el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito -Soat- o la revisión técnico-mecánica puede resultar en la inmovilización inmediata del vehículo.

Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas

Esta es una de las infracciones más graves. Los motociclistas que sean sorprendidos conduciendo en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicoactivas enfrentarán la inmovilización de su motocicleta.

Exceso de velocidad

Superar los límites de velocidad establecidos puede llevar a la inmovilización del vehículo, especialmente en zonas urbanas y residenciales donde el riesgo de accidentes es mayor.

Transportar pasajeros de manera ilegal

Llevar más pasajeros de los permitidos o transportar menores de edad en condiciones inseguras puede resultar en la inmovilización de la motocicleta.

Alteraciones en el vehículo

Modificaciones no autorizadas en la motocicleta, como cambios en el sistema de escape, luces o cualquier otra alteración que no cumpla con las normas de tránsito, pueden llevar a la inmovilización del vehículo.

Participar en competencias ilegales

Los motociclistas que sean sorprendidos participando en carreras o competencias ilegales en la vía pública enfrentarán la inmovilización de sus vehículos.

Todas estas infracciones son consideradas graves debido al riesgo que representan tanto para el conductor como para los demás usuarios de la vía.