La quindiana Laura Camila Ochoa Vanegas, condenada a 4 años y 8 meses de prisión, podrá trabajar como webcam por permiso del Tribunal Superior de Bogotá. La actividad no estaría prohibida.
La joven cumple su pena en prisión domiciliaria desde el pasado 7 de diciembre de 2016 por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
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Aproximadamente 3 años después de su condena, Ochoa Vanegas solicitó el permiso a un juez para poder trabajar como modelo webcam. Hay que tener en cuenta que todas las personas privadas de la libertad tienen derecho a trabajar, algo que pueden hacer desde la cárcel o en detención domiciliaria para obtener una reducción de condena y aproximar más al presidario a un proceso de resocialización.
En un principio una juez se negó a conceder esta solicitud, con el argumento de que el Inpec no podría controlar o vigilar este tipo de actividad, pues al tratarse de contenido sexual, el sitio de trabajo es de acceso restringido. La jueza además equiparó esta labor con la prostitución, que aunque es una actividad legal “no debe ser alentada por las autoridades y menos en personas detenidas a las cuales no debe aumentarse la vulnerabilidad”.
No obstante la decisión fue apelada por la Procuraduría, que señaló que la mujer cumplía con todos lo requerimientos para ejercer la labor, pues tenía toda la documentación al día sobre seguridad social, empleador, horario, lugar de trabajo y salario.
Además se dejó en claro que la actividad sexual virtual no podía compararse con la explotación sexualmente de un particular a mujeres, pues la empresa registrada en Cámara de Comercio tiene como funciones “un estudio de modelaje webcam o de entretenimiento para adultos transmitido por plataformas de contenido explícito, con escenas sexuales”, lo que no significa una vulneración a la dignidad humana.
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El delegado de la Procuraduría indicó que el Inpec puede vigilar y controlar su trabajo, llegando hasta el sitio de trabajo para verificar sus horarios. Por último el funcionario enfatizó en que el modelaje webcam es legal e incluso paga impuestos de retención.
El permiso del tribunal Superior de Bogotá
La Sala Penal del Tribunal aseguró que el Código Penal y el Código Penitenciario no establecen ningún tipo de restricción sobre los trabajos que los detenidos pueden desempeñar.
“Estudiada la solicitud de la penada, no se encuentra que se haya hecho ninguna referencia específica a una labor como prostituta, pues en esta, únicamente se hace alusión al oficio de modelo de entretenimiento para adultos y en la entrevista con el propietario del establecimiento en el que laboraría, se indica que se trata de un estudio de modelaje webcam, haciendo transmisiones en vivo de contenido para adultos” señaló el tribunal que además tuvo en cuenta que la mujer notificó su traslado hacia la capital del país para ejercer la labor con el objetivo de sostener económicamente a su hijo.
Sobre el seguimiento a la presidaria el tribunal explicó que llevará un dispositivo electrónico en su pierna: “Se revocará la decisión de primera instancia y se concederá el permiso para trabajar a la anotada como modelo webcam. Deberá controlarse el cumplimiento de la condena mediante un mecanismo de vigilancia electrónica. Lo anterior, con la precisión de que tal autorización se le reconoce exclusivamente para laborar en los horarios referidos”.
Gas q hasco q vergüenza q permiten eso
Q falta de dignidad el hacer eso. Habiendo tantos trabajos x q escoger el más fácil
Gas