Pacientes con cáncer y VIH no necesitarán autorizaciones para ser atendidos

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El Gobierno Nacional expidió un nuevo decreto con el cual los pacientes con cáncer y VIH no necesitarán autorizaciones médicas para su atención.

El ministerio de Salud eliminó las autorizaciones para pacientes con enfermedades crónica como el cáncer y VIH a través del Decreto 441 de 2022. La norma también cobija a la población materno perinatal.

Dicho usuarios que serían al rededor de 500 mil personas a partir del 1 de mayo podrán acceder a medicamentos y tratamientos con mayor celeridad.

Esto quiere decir que podrán ser atendidos y solicitar medicamentos directamente con el Instituto Prestador de Salud -IPS- sin la necesidad de tener autorización de la EPS a la cual estén afiliados.

«Cuando se requiera autorización, en los acuerdos de voluntades deberá incluirse un mecanismo expedito que facilite su expedición”. reza el documento.

De acuerdo con la viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy Casadiego lo que plantea el decreto es que “la misma IPS haga el trámite bajo las herramientas y procedimientos que establezca con las EPS, pero que no le toque al usuario desplazarse a la oficina de la EPS a hacer la fila y cumplir sus horarios de atención”.

La funcionaria agregó que el decreto tendrá divulgación con todos los actores de salud, entre ellos los mismos usuarios durante este mes de abril.

“La expedición de este acto administrativo corresponde a una actualización de una norma de hace 15 años y constituye un hito en el avance de la protección del derecho fundamental a la salud de los colombianos y demás población residente en el territorio nacional.» Concluyó la viceministra.

A continuación puede consultar la normativa: DECRETO 441 DEL 28 DE MARZO DE 2022

 

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