No inmovilizarán motos en Colombia por cualquier infracción con nueva ley

Escuche este artículo

Los agentes de tránsito ya no inmovilizarán motos en Colombia por cualquier infracción con nueva ley aprobada en el Senado.

El Congreso de la República sancionó el Proyecto de Ley 310 de 2023, que busca incentivar la equidad en las infracciones de tránsito entre motos y carros.

El objetivo es que las sanciones sean igualmente severas para ambos tipos de vehículos. El proyecto, con ponencia del senador Gustavo Moreno y la autoría del senador Alejandro Vega, modifica la Ley 769 de 2002, que establece el Código Nacional de Tránsito.

Hasta ahora, las motos podían ser inmovilizadas de forma inmediata hasta que el propietario pagara el respectivo comparendo. Sin embargo, en aras de la igualdad, se propuso eliminar las sanciones que afectaban de manera diferente a los motociclistas.

En concreto, se eliminaron las disposiciones de la Ley 769 de 2002 que ordenaban la inmovilización de las motocicletas hasta el pago de la multa.

Las motos no serán inmovilizadas por las siguientes infracciones, aunque sí serán sancionadas con la multa correspondiente:

  • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla del semáforo o una señal de “Pare”.
  • Conducir un vehículo sobre vías no autorizadas, como vías peatonales o separadores.
  • Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva y cruces no regulados.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables.
  • Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículos de servicio de transporte público de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente.
Comparta este artículo

3 comentarios en «No inmovilizarán motos en Colombia por cualquier infracción con nueva ley»

  1. Estos titulares causan desinformación, son solo 5 infracciones las cuales dejarán de ser motivo de inmovilización.
    Por eso es mejor seguir medios que realmente informen @ señor Biter.

    Responder

Deja un comentario