Con la aprobación de nueva ley, estos son los casos en los que ya no le inmovilizarán su moto en Colombia.
Un nuevo proyecto de ley fue aprobado en el Congreso de la República, el cual tiene como propósito eliminar la inmovilización de motos en el país, ya que los motociclistas infractores recibían doble penalidad económica al tener que pagar la multa y la inmovilización.
Este proyecto busca que haya una igualdad en las sanciones entre motos y carros, ya que uno de los disgustos en común es que los automóviles no son inmovilizados y en la mayoría de los casos cometen infracciones similares.
Cabe resaltar que no en todos los casos el vehículo estará exento de la inmovilización.
¿En qué casos se puede inmovilizar el vehículo?
La inmovilización de la motocicleta se mantendrá en casos más graves, como cuando el conductor ponga en riesgo su vida y la de terceros, cuando no porte la Póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito –Soat– o la tecnomecánica al día.
Este proyecto evitará que se inmovilicen las motos en la mayoría de las infracciones de tránsito, pero no implica impunidad ante las multas.
Es por esto que es estrictamente necesario realizar jornadas pedagógicas donde el conductor esté totalmente informado para evitar inconvenientes, malos entendidos y futuras sanciones.
¿Cuáles infracciones ya no generan la inmovilización del vehículo?
Estas son las seis infracciones que ya no causarán la inmovilización de la motocicleta y solo aplicará sanción económica
- Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- No detenerse ante una luz roja o amarilla del semáforo, una señal de ‘Pare’ o un semáforo intermitente en rojo.
- Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes, vías especiales para vehículos no motorizados.
- Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
- Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.
- Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículos de servicio de transporte público de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente.
Es necesario aclarar que este proyecto elimina la inmovilización para las infracciones mencionadas anteriormente, pero será reemplazada por una multa equivalente a un salario mínimo legal vigente, que en 2024 equivale a 1.300.000. pesos
Claramente la eliminación de la inmovilización por infracciones de tránsito menores representa una movilidad más justa y equitativa en Colombia.
Todas y cada una de ellas son el pan diario de la cuidad, no pasa dia en el que veamos una de ellas suceder, la cuidad del caos en manos del gobierno del Thanos cuyabro.