Armenia deberá volver al pico y cédula y toque de queda desde las 10 p.m. por recomendación presidencial

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Desde este lunes 5 de abril y hasta el 19 del mismo mes, Armenia, junto a otras 11 ciudades del país, deberán aplicar nuevas medidas restrictivas para contener la tercera ola de Covid-19.

Así lo anunció la presidencia de la República, que recomendó a poblaciones con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivos -UCI- entre el 50% y el 69% se aplique el pico y cédula y restricción a la movilidad, entre las 12 de la noche y las 5 de la mañana.

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De acuerdo con datos de presidencia, los municipios en observación por aumento en la curva de casos y muertes por Covid-19 son Bogotá, Manizales, Armenia, Tunja, Barranquilla, Montería, Leticia, Pereira, Medellín, Cali, Santa Marta y Barranquilla.

Entre tanto las ciudades con ocupación UCI entre el 70% y el 79% se aplicará pico y cédula y restricción a la movilidad, entre las 10 p.m. y las 5 a.m.. Precisamente Armenia se ubica en este rango, por lo que debería acatar la medida en estas proporciones.

Por el momento no se han oficializado estas medidas en la capital quindiana, pero se espera que en las próximas horas haya pronunciamiento por parte de la alcaldía municipal, en el cual se decreten las nuevas restricciones y se conozca cómo operará el pico y cédula.

 

Otras restricciones:

El presidente Iván Duque señaló que la apertura de establecimientos como bares y discotecas debe restringirse completamente, mientras que el pico y cédula No aplicará para hoteles, restaurantes, parques y servicios domiciliarios.

La venta de bebidas embriagantes y el consumo de estas está autorizado solo en restaurantes o a través de plataformas digitales o de domicilios.

Así mismo las ciudades que tengan ocupación UCI entre el 80% y el 85% tendrán pico y cédula y restricción a la movilidad, entre las 8 p.m. y las 5 de la mañana. Por último las que tengan ocupación UCI mayor al 85% tendrán pico y cédula y restricción desde las 6 p.m. hasta las 5 a.m

Adicionalmente el presidente invitó a los gobernadores y alcaldes a decretar las siguientes medidas:

  • No autorizar los eventos de carácter público que impliquen aglomeración de personas.
  • No habilitar la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
  • Reforzar el control para evitar la realización de fiestas y reuniones en general.
  • Prohibir la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter regional.
  • Los mandatarios de municipios con ocupación mayor al 70 % o altos niveles de contagio podrán regular el uso de sitios públicos que generen aglomeración como playas, malecones y plazoletas, en las que se identifique violación a los protocolos de bioseguridad. La regulación deberá limitarse a las personas o sectores donde se presenten estas condiciones.
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